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Re: [GNU-traductores] Revisión del .po misinterpreting-copyright.es


From: Nahikari Ajubita
Subject: Re: [GNU-traductores] Revisión del .po misinterpreting-copyright.es
Date: Wed, 9 Mar 2016 19:18:43 +0100

2016-03-09 12:00 GMT+01:00 Javier Fdez. Retenaga <address@hidden>:
> El lun, 07-03-2016 a las 17:37 +0100, Nahikari Ajubita escribió:
>> 2016-03-07 8:07 GMT+01:00 Dora Scilipoti <address@hidden>:
>> > Hola:
>> >
>> > Esta traducción es muy larga como para enviarla toda de una vez. Vamos a
>> > verla por partes.
>>
>> Buenos días,
>>
>> Antes he pulsado enviar sin querer, lo siento.
>> >
>> > On 04/03/2016 17:26, Nahikari Ajubita wrote:
>> >
>> >> Misinterpreting Copyright - GNU Project - Free Software Foundation
>> >>
>> >> Malinterpretar el copyright: - Proyecto GNU - Free Software Foundation
>> >
>> > # Aquí veo dos cosas. La primera es el uso del infinitivo "malinterpretar".
>> > A mí me parece que como estaba, "interpretación incorrecta del copyright",
>> > es una traducción más adecuada porque el artículo no habla de
>> > malinterpretar en general, sino de un caso concreto, que es el que se da en
>> > Estados Unidos.
>>
>> De acuerdo.
>> >
>> > # La otra cosa es que falta el resto del título después de los dos puntos.
>>
>> ¿Te refieres a añadir una serie de errores tras los dos puntos? En el
>> original simplemente pone Misinterpreting copyright ¿no deberían
>> quitarse los dos puntos y dejarlo en interpretación incorrecta del
>> copyright?
>
> Sí. Dora debía de referirse a la siguiente entrada.
>
>> >
>> >
>> >> Misinterpreting Copyright&mdash;A Series of Errors
>> >>
>> >> Malinterpretar el copyright: una serie de errores
>> >
>> > # Ver arriba.
>> >
>> >> by <a href=\"http://stallman.org/\";><strong>Richard Stallman</strong></a>
>> >>
>> >> por <a href=\"http://stallman.org/\";><strong>Richard Stallman</strong></a>
>> >>
>> >> Something strange and dangerous is happening in copyright law.  Under
>> >> the US Constitution, copyright exists to benefit users&mdash;those who
>> >> read books, listen to music, watch movies, or run software&mdash;not
>> >> for the sake of publishers or authors.  Yet even as people tend
>> >> increasingly to reject and disobey the copyright restrictions imposed
>> >> on them &ldquo;for their own benefit,&rdquo; the US government is
>> >> adding more restrictions, and trying to frighten the public into
>> >> obedience with harsh new penalties.
>> >>
>> >> Algo extraño y peligroso está ocurriendo en el seno del derecho de
>> >> copyright. De acuerdo con la Constitución de los Estados Unidos, el
>> >> copyright existe para beneficiar a los usuarios (las personas que leen
>> >> libros, escuchan música, ven películas, o utilizan software) y no para
>> >> beneficiar a los autores o editores. Sin embargo, aunque las personas
>> >> tienden, cada vez más, a rechazar y desobedecer las restricciones que
>> >> impone el copyright «por su propio bien», el Gobierno de los Estados
>> >> Unidos añade cada vez más restricciones y trata de atemorizar al
>> >> público, con el objetivo de que aquellas sean acatadas, mediante duras
>> >> sanciones nuevas.
>> >
>> > # Veo que en todo el artículo se ha traducido "copyright law" como "derecho
>> > de copyright", ¿por qué? Crea una sutil ambigüedad que si bien se disipa
>> > inmediatamente, mejor evitar (¿se está refiriendo al ordenamiento jurídico
>> > o a la facultad que alguien tiene de que se le otorgue algo, una cosa, un
>> > beneficio?). Mejor como estaba, "ley" o "legislación", según el caso.
>> > Veamos todo el párrafo con otros cambios (algunos son de volver a la
>> > traducción original). No pongo marcas para que quede más claro:
>> >
>> > + Algo extraño y peligroso está ocurriendo en la legislación que regula el
>> > copyright. De acuerdo con la Constitución de los Estados Unidos, el
>> > copyright existe para beneficiar a los usuarios (las personas que leen
>> > libros, escuchan música, ven películas, o utilizan software) y no a los
>> > autores o editores. Sin embargo, mientras los ciudadanos tienden cada vez
>> > más a rechazar y desobedecer las restricciones que les impone el copyright
>> > «por su propio bien», el Gobierno de los Estados Unidos añade aún más
>> > restricciones, y mediante nuevas y más severas sanciones trata de
>> > atemorizar al público para que obedezca.
>> >
>> > # Sugiero entonces corregir "derecho de copyright"  en todos los lugares
>> > donde aparece en el artículo.
>>
>> Estuve dándole vueltas a este punto en concreto. Al final me decidí
>> por derecho de copyright al pensar en, por ejemplo, derecho civil -
>> civil law. Cambio por ley, entonces.
>>
>>
>> >
>> >> How did copyright policies come to be diametrically opposed to their
>> >> stated purpose? And how can we bring them back into alignment with
>> >> that purpose? To understand, we should start by looking at the root of
>> >> United States copyright law: the US Constitution.
>> >>
>> >> ¿Cómo llegaron las políticas de copyright a ser diametralmente
>> >> opuestas a su intención inicial?, y ¿cómo podrían volver a estar en
>> >> consonancia con dicha intención? Para entender todo esto, debemos
>> >> empezar por considerar el origen del derecho de copyright en los
>> >> Estados Unidos: la Constitución de los Estados Unidos de América.
>> >>
>> >> Copyright in the US Constitution
>> >>
>> >> El copyright en la Constitución de los Estados Unidos de América
>> >>
>> >> When the US Constitution was drafted, the idea that authors were
>> >> entitled to a copyright monopoly was proposed&mdash;and rejected.  The
>> >> founders of our country adopted a different premise, that copyright is
>> >> not a natural right of authors, but an artificial concession made to
>> >> them for the sake of progress.  The Constitution gives permission for
>> >> a copyright system with this paragraph (Article I, Section 8):
>> >>
>> >> Cuando se redactó el borrador de la Constitución de los Estados Unidos
>> >> de América, se propuso (y se rechazó) la idea de que los autores
>> >> tuvieran derecho al monopolio sobre el copyright. Los padres
>> >> fundadores adoptaron una premisa diferente: el copyright no es un
>> >> derecho natural de los autores, sino una concesión artificial que se
>> >> les otorga por el bien del progreso. La Constitución permite que se
>> >> establezca un sistema de copyright mediante el párrafo siguiente
>> >> (Artículo I, Sección 8):
>> >>
>> >> [Congress shall have the power] to promote the Progress of Science and
>> >> the useful Arts, by securing for limited Times to Authors and
>> >> Inventors the exclusive Right to their respective Writings and
>> >> Discoveries.
>> >>
>> >> [El Congreso tendrá la potestad] de promover el Progreso de la Ciencia
>> >> y las Artes, garantizando durante un tiempo limitado a autores e
>> >> inventores el derecho exclusivo sobre sus escritos y descubrimientos
>> >> respectivos.
>> >
>> > + [El Congreso tendrá la potestad de] promover el Progreso de la Ciencia
>> > y las Artes, garantizando durante un tiempo limitado a autores e
>> > inventores el derecho exclusivo sobre sus escritos y descubrimientos.
>> >
>> > # En inglés la partícula "to" va fuera del corchete porque forma parte del
>> > verbo, pero en castellano no.
>> >
>> > # Yo creo que el "respectivos" no hace falta.
>>
>> De acuerdo con ambos cambios.
>> >
>> >
>> >> The Supreme Court has repeatedly affirmed that promoting progress
>> >> means benefit for the users of copyrighted works.  For example, in
>> >> <em>Fox Film v. Doyal</em>, the court said,
>> >>
>> >> La Corte Suprema de los Estados Unidos de América ha afirmado
>> >> reiteradamente que promover el progreso significa beneficiar a los
>> >> usuarios de obras provistas de copyright. Por ejemplo, en el caso Fox
>> >> Film contra Doyas, el tribunal dictaminó:
>
> - La Corte Suprema de los Estados Unidos de América
> + La Corte Suprema
> # Es como viene en el original, y ya sabemos a qué país se refiere.

Buenos días

Vale. Busqué el nombre completo para no confundirla con otras cortes
pero es cierto que está contextualizado.
>
>> >>
>> >> The sole interest of the United States and the primary object in
>> >> conferring the [copyright] monopoly lie in the general benefits
>> >> derived by the public from the labors of authors.
>> >>
>> >> El único interés de los Estados Unidos y el principal motivo para
>> >> conceder el monopolio sobre el [copyright] reside en los beneficios
>> >> generales que obtiene el público derivados del trabajo de los autores.
>> >
>> > + El único interés de los Estados Unidos y el principal motivo para
>> > conceder el monopolio [sobre el copyright] reside en los beneficios
>> > generales para el público que derivan del trabajo de los autores.
>
> - que derivan
> + que se derivan
>
>>
>> >
>> >
>> >> This fundamental decision explains why copyright is not
>> >> <b>required</b> by the Constitution, only <b>permitted</b> as an
>> >> option&mdash;and why it is supposed to last for &ldquo;limited
>> >> times.&rdquo; If copyright were a natural right, something that
>> >> authors have because they deserve it, nothing could justify
>> >> terminating this right after a certain period of time, any more than
>> >> everyone's house should become public property after a certain lapse
>> >> of time from its construction.
>> >>
>> >> Esta decisión fundamental explica porque el copyright no se
>> >> <b>exige</b> en la Constitución, sino que sencillamente se
>> >> <b>admite</b> como opción (y también por qué está concebido para
>> >> desplegar sus efectos durante un «tiempo limitado»). Si el copyright
>> >> fuese un derecho natural, algo que los autores tuviesen porque lo
>> >> merecen, nada podría justificar el poner fin a este derecho tras un
>> >> periodo de tiempo determinado, sería como decir que las casas de la
>> >> gente deberían pasar a ser un bien común tras un cierto período de
>> >> tiempo desde su construcción.
>> >
>> >
>> > + Esta decisión fundamental explica por qué la Constitución no
>> > <b>exige</b> el copyright, sino que sencillamente lo <b>admite</b> como
>> > opción, y por qué está concebido para que dure un «tiempo limitado». Si el
>> > copyright fuese un derecho natural, algo que los autores tienen porque lo
>> > merecen, nada podría justificar el poner fin a este derecho tras un periodo
>> > de tiempo determinado, sería como decir que las casas de la gente deberían
>> > pasar a ser propiedad pública tras un cierto período de tiempo desde su
>> > construcción.
>
> - podría justificar el poner fin a este derecho
> + podría justificar que se ponga fin a este derecho
>
> - sería como decir que las casas de la gente deberían
> + del mismo modo que no se dice que las casas de la gente deban
> # Tal como estaba decía que "si el copyright fuese un derecho
> natural ... sería como decir que las casas ...".

De acuerdo en todos los demás cambios.
>
>> >
>> >
>> > Continúa en la próxima...
>>
>> De acuerdo en todos los demás cambios.
>> >
>> >
>> > --
>> > Dora Scilipoti
>> > GNU Education Team
>> > www.gnu.org/education
>> >
>> > _______________________________________________
>> > Lista de correo www-es-general
>> > address@hidden
>> > https://lists.gnu.org/mailman/listinfo/www-es-general
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>> https://lists.gnu.org/mailman/listinfo/www-es-general
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